Proyecto del Consejo NO. R-11-240 LA INCORPORACIÓN NO. R-2011 048

 Ciudad de Albuquerque

DECIMONOVENA DEL CONSEJO

Proyecto del Consejo NO. R-11-240 LA INCORPORACIÓN NO. R-2011 048

PATROCINADO POR: Don Harris por solicitud

RESOLUCIÓN

RELATIVO A LA ELECCIÓN MUNICIPAL ORDINARIA QUE SE CELEBRARÁ EN LA CIUDAD DE ALBUQUERQUE, NUEVO MÉXICO El martes, el cuatro de octubre de 2011.

POR CUANTO, una elección municipal regular, se requiere que se celebrará en la ciudad de Albuquerque el martes día 4 de octubre de 2011, de conformidad con la Carta de la Ciudad del artículo II, sección 1, en el que las elecciones las oficinas del concejal de la ciudad de los Distritos 2, 4, 6 , y 8 serán saciados.

SE RESUELVE POR EL CONSEJO, EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE LA CIUDAD DE ALBUQUERQUE:

Sección 1. Una elección municipal regular, se llevará a cabo en la ciudad de Albuquerque, Nuevo México, el Martes, 04 de octubre 2011.

Sección 2. En esta elección de cuatro (4) Concejales serán elegidos, uno en representación de cada uno de los distritos del Concejo siguientes: 2, 4, 6 y 8, cada uno por un período de cuatro (4) años a partirdel01 de diciembre 2011. Los límites de cada Consejo de Distrito se identifican por los recintos que figuran en el Apéndice A de la Carta de la Ciudad de Albuquerque.

Sección 3. Las personas que presenten solicitudes de conformidad con el Artículo II, Sección 3 de la Constitución de la Ciudad, de la Oficina del Consejero, deberá presentar tales peticiones en la Oficina del Secretario de la Ciudad entre las 8:00 am el 1 de mayo de 2011 y antes de 17:00 28 de junio de 2011.

Sección 4. Un candidato para un cargo, o su representante, deberá presentar una declaración de candidatura en la Oficina del Secretario de la Ciudad entre las horas de 8:00 am a 5:00 pm el Martes, Agosto 9, 2011.

Sección 5. Escribir en los candidatos al cargo del Consejero deberá presentar una declaración de escribir en la candidatura de 16 de agosto de 2011, antes de las 5:00 pm en la Oficina del Secretario del Ayuntamiento. La papeleta para cada cargo del Ayuntamiento deberá contener un espacio para un elector calificado para escribir en el nombre de un candidato declarado en escritura y en el espacio, serán identificados como, “declaró el candidato por escrito”.

Sección 6. Todas las personas que deseen votar en esta elección deberán estar inscritas para votar. Cualquier persona que sea calificada de otro modo a votar y que no esté registrado en la actualidad podrá inscribirse en la oficina del Secretario del Condado de Bernalillo, a más tardar las 5:00 pm el Martes, 06 de septiembre 2011.

Sección 7. Las encuestas para esta elección se abrirán a las 7:00 am y se cerrarán a las 7:00 pm el 4 de octubre de 2011.

Sección 8. Voto en ausencia se permitirá según lo autorizado por la ley. Los votantes elegibles pueden solicitar las solicitudes de boletas de la Oficina del Secretario del Ayuntamiento, 1 Civic Plaza, NW, Albuquerque, Nuevo México, Sala de B2041. Los votantes elegibles pueden pedir una solicitud para una papeleta de voto ausente en persona, por correo electrónico a [email protected], a través de la página web del Secretario Municipal al http://www.cabq.gov/clerk/elections/absentee-voting o llamando al 311. Las solicitudes completas deberán ser devueltas a la Secretaría de la Ciudad antes de las 5:00 pm el 29 de septiembre de 2011. Los votos por correo deberán ser recibidas por el Secretario de la Ciudad a través del correo electrónico no más tarde de las 7:00 pm 04 de octubre 2011, el día de la elección.

Sección 9. Las boletas en ausencia se pueden marcar en persona en la Oficina del Secretario de la Ciudad a partir de las 8:00 am el 14 de septiembre de 2011 y no más tarde de las 5:00 pm 30 de septiembre 2011, y la Oficina del Secretario Municipal estará integrado por efectos de la votación como de cuatro puntos: (1) de Albuquerque / Condado de Bernalillo Centro de Gobierno de la construcción, una plaza cívica, NW, Albuquerque, Sala de B2041, (2) de la Secretaria Municipal del centro de registros en 604 Menaul, NW, Albuquerque, (3) APS Centro de la ciudad, 6400 Uptown Blvd.. NE,Suite101West, y, (4)TaylorRanchCommunity Center, 4900 NW Kachina (Kachina & Montano). Estos lugares también actuaráncomocentros de votación anticipada por el que cualquier votante puede votar en cualquiera de las ubicaciones. La Oficina del Secretario del Ayuntamiento seleccionará un máximo de otros tres lugares para la votación anticipada y el voto en ausencia de marcado para su posterior aprobación y publicación.

Sección 10. Esta resolución regular de las elecciones municipales se publicará una vez dentro de los quince (15) días desde su aprobación y una vez más, no menos de sesenta (60) días antes de la elección o más de setenta y cinco (75) días antes de la elección. La ubicación del lugar de votación para cada recinto consolidado y los nombres de todos los miembros de junta electoral y los suplentes se publicará una vez a la semana durante dos semanas consecutivas con la primera publicación no más de veintiocho (28) días antes de la elección y la última publicación de no menos de dos (2) días antes de la elección.

Sección 11. Para más información sobre esta elección, consulte a la Oficina del Secretario del Ayuntamiento, 1 Plaza Cívica, Albuquerque, Nuevo México, el nivel del sótano, Sala de B2041, por correo electrónico a [email protected] y en línea en www.cabq.gov / empleado.

Sección 12. Los oficiales de la ciudad se autoriza y ordena tomar todas las medidas necesarias y apropiadas para ejecutar las disposiciones de la presente resolución.

Sección 13. Las preguntas que se presentará a los votantes, en su caso, deberá ser autorizada por resolución especial del Concejo Municipal.

Sección 14. De acuerdo con la Sección 1-3-4 NMSA 1978, modificada por la SB 337 Sección 3 (h) “La consolidación hará la votación más conveniente y accesible para los votantes de la consolidación del recinto y no dar lugar a retrasos del proceso de votación y de los recintos consolidados lugares de votación será ubicado dentro del recinto consolidado. “

Sección 15. Lugares de votación para los precintos consolidados se encuentra en toda la ciudad y todos los votantes elegibles pueden votar en cualquiera de los lugares de votación asignado a los recintos consolidados, independientemente de la zona en la que el votante está registrado.

Sección 16. Habrá un mínimo de veinte (20) y un máximo de treinta y seis (36) distritos consolidados con los centros de votación correspondientes en toda la ciudad el Día de Elecciones.

Sección 17. Una lista de las ubicaciones de los lugares de votación y la consolidación de los precintos se adjunta a la presente Resolución como Anexo A. La consolidación y la ubicación de los lugares de votación son aprobadas por el Consejo.

Sección 18. Cláusula. Si cualquier sección, párrafo, oración, palabra o frase de esta resolución es por alguna razón considera inválida o inaplicable por cualquier tribunal de jurisdicción competente, tal decisión no afectará la validez de las restantes disposiciones de la presente resolución. El Consejo declara que se han aprobado esta resolución, y cada sección, párrafo, oración, palabra o frase de los mismos con independencia de cualquier disposición que se declare inconstitucional o inválida.

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