PROMULGACIÓN NÚM. R-2013-068

CIUDAD de ALBUQUERQUE
VIGÉSIMO CONCEJO
PROYECTO DE LEY MUNICIPAL NÚM.
F/S R-13-132
PROMULGACIÓN NÚM. R-2013-068
PATROCINADO POR: Dan Lewis, a solicitud
RESOLUCIÓN
F/S PARA UN ÁREA DE APROXIMADAMENTE 569.1 ACRES, EN GENERAL LIMITADA AL NORTE POR PASEO DEL NORTE Y LA URBANIZACIÓN EXISTENTE, AL OESTE POR UNIVERSE BLVD., AL SUR POR VOLCANO CLIFFS Y PASEO DEL NORTE, Y AL ESTE POR EL MONUMENTO NACIONAL DE LOS PETROGLIFOS; PARA ADOPTAR EL PLAN DE DESARROLLO DEL SECTOR DE VOLCANO HEIGHTS COMO PLAN DE RANGO TRES Y PARA CAMBIAR LA ZONIFICACIÓN DE R-D, SU-1 POR PRD Y SU-1 PARA USOS C-1 A SU-2/VHTC (VOLCANO HEIGHTS TOWN CENTER), SU-2/VHRC (VOLCANO HEIGHTS REGIONAL CENTER), SU-2/VHVC (VOLCANO HEIGHTS VILLAGE CENTER), SU-2/VHMX (SIGLA EN INGLÉS DE USO MIXTO DE VOLCANO HEIGHTS), SU-2VHNT (SIGLA EN INGLÉS DE TRANSICIÓN DEL VECINDARIO VOLCANO HEIGHTS) Y SU-2/VHET (SIGLA EN INGLÉS DE TRANSICIÓN DE LA ESCARPADURA VOLCANO HEIGHTS).
Para un área de aproximadamente 569.1 acres, en general limitada al norte por Paseo del Norte y la urbanización existente, al oeste por Universe Blvd., al sur por Volcano Cliffs y Paseo del Norte, y al este por el Monumento Nacional de los Petroglifos; para adoptar el Plan de Desarrollo del Sector de Volcano Heights como plan de rango tres y para cambiar la zonificación de R-D, Su-1 por PRD y Su-1 para usos C-1 a Su-2/Vhtc (Volcano Heights Town Center), Su-2/Vhrc (Volcano Heights Regional Center), Su-2/Vhvc (Volcano Heights Village Center), Su-2/Vhmx (sigla en inglés de uso mixto de Volcano Heights), Su-2Vhnt (sigla en inglés de Transición del Vecindario Volcano Heights) y Su-2/Vhet (sigla en inglés de Transición de la Escarpadura Volcano Heights). CONSIDERANDO QUE el Concejo Municipal, órgano gobernante de la Ciudad de Albuquerque, tiene la autoridad para adoptar y modificar planes para el desarrollo físico de las áreas que se encuentran dentro de la jurisdicción de planificación y parcelación de la Ciudad, con la autorización de la Ley, Sección 3-19-1 y siguientes, NMSA 1978, y por el poder del gobierno; y CONSIDERANDO QUE la ubicación de Volcano Heights en el cruce de dos corredores regionales de transporte representa una singular oportunidad para abordar el desequilibrio de trabajos y viviendas en la Zona Oeste de la Ciudad, al permitir el desarrollo de un ambiente para uso mixto, urbano y accesible para peatones y tránsito, que atraiga a empleadores y ventas por menor, y proporcione opciones de vida residencial de mayor densidad; y
CONSIDERANDO QUE la Modificación del Plan Estratégico de la Zona Oeste Rango Dos para Volcano Mesa de 2011 recomendó la designación de un Nuevo Centro Principal de Actividades en esa ubicación; y
CONSIDERANDO QUE la visión de este plan para un Centro Principal de Actividades también beneficiaría a la red de tránsito regional de Paseo del Norte y Unser Blvd. al traer mercadería, servicios y oportunidades de empleo a las áreas existentes predominantemente residenciales, al reducir la cantidad y la distancia de los viajes en caminos ya congestionados y al ayudar a aliviar la necesidad de viajar diariamente al trabajo cruzando hacia el este el Rio Grande hacia los centros laborales existentes; y
CONSIDERANDO QUE la zonificación existente solo permitiría un desarrollo de baja densidad, similar a lo que ya se encuentra en abundancia en la Zona Oeste; y
CONSIDERANDO QUE el Plan de Desarrollo del Sector de Volcano Heights (VHSDP por su sigla en inglés), que se adjunta a este documento, proporciona un enfoque flexible y equilibrado para tratar el desafío de múltiples dueños de propiedades y tierras sin desarrollar, con reglamentos a medida para el uso del terreno y para el transporte, que enfatice la coordinación en todos los límites de las propiedades, en los corredores y a lo largo del tiempo; y
CONSIDERANDO QUE el VHSDP representa años de coordinación y compromiso entre dueños de propiedades, vecinos y otros interesados, con respecto a la previsibilidad del desarrollo, la compatibilidad con el entorno natural y la preservación de las características clave, como los afloramientos rocosos, las tierras vulnerables y las vistas; y
CONSIDERANDO QUE el enfoque del Plan busca un equilibrio entre el reglamento y el incentivo para lograr su visión y sus metas para un desarrollo de alta calidad; y
CONSIDERANDO QUE la aprobación del Plan de Desarrollo del Sector de Volcano Heights (VHSDP por su sigla en inglés) es coherente con las metas y las políticas correspondientes del Plan Integral de Albuquerque/Condado de Bernalillo, el Plan Estratégico de la Zona Oeste, el Plan de Instalaciones para el Principal Espacio Público Abierto, el Plan de Instalaciones: Generación y Transmisión del Sistema Eléctrico, el Plan de Escarpadura de Northwest Mesa, el Código Integral de Zonificación y R-270-1980.
EL CONCEJO, CUERPO GOBERNANTE DE LA CIUDAD DE ALBUQUERQUE, RESUELVE:
HCS Pub. September 6, 2013

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